Política de Protección de Datos

La Fundación Solidaria Oriente Antioqueño –Fusoan- establece la presente Política de Tratamiento de la Información y Protección de Datos Personales.

La Fundación, como responsable del tratamiento de datos, por medio de esta Política implementa los criterios para la obtención, recolección, uso, tratamiento, procesamiento, intercambio, transferencia y transmisión de todos los datos personales recogidos y almacenados dentro de las bases de datos que posee la Fundación, desarrollando los principios rectores establecidos en la Ley 1266 de 2008, Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y demás decretos reglamentarios.

 

CAPÍTULO I GENERALIDADES

Artículo 1º. Ámbito de aplicación: las políticas y procedimientos consagrados en este documento se aplican a cada una de las líneas de trabajo de la Fundación Solidaria Oriente Antioqueño –Fusoan-.

Artículo 2º. Responsable del tratamiento: La Fundación Solidaria Oriente Antioqueño –Fusoan-, identificada con NIT 811.027.728-2, con sede en la Calle

49 No. 50-59, Centro Comercial Ganadero, oficina 407, en el municipio de Rionegro-Antioquia, teléfono 5629772, correo: comunicaciones@fusoan.org.co, actuará directamente como responsable del tratamiento de datos personales.

Artículo 3º. Definiciones: las siguientes definiciones permiten una correcta y apropiada interpretación de la ley 1581 de 2012 y el decreto reglamentario 1377 de 2013, y son indispensables para la protección del habeas data, lo que contribuye a determinar las responsabilidades de los involucrados en el tratamiento de datos personales:

  • Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales.
  • Aviso de Privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el responsable, dirigida al titular para el tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
  • Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento.
  • Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o a varias personas naturales determinadas o determinables.
  • Dato personal semiprivado: Son aquellos datos que no tienen una naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no solo a su titular, sino a un grupo de personas o a la sociedad en general. En este caso, para su tratamiento se requiere la autorización expresa del Titular de la información. Por ejemplo: datos de carácter financiero, datos relativos a las relaciones con las entidades de seguridad social (EPS, AFP, ARL, Cajas de Compensación).
  • Dato personal sensible: Son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos.
  • Dato personal privado: Es un dato personal que por su naturaleza íntima o reservada solo interesa a su Titular y para su tratamiento requiere de su autorización expresa. Por ejemplo: Nivel de escolaridad, libros de los comerciantes, entre otros.
  • Dato personal público: Es aquel tipo de dato personal que las normas y la Constitución han determinado expresamente como públicos y, para cuya recolección y tratamiento, no es necesaria la autorización del Titular de la información. Por ejemplo: estado civil de las personas, profesión u oficio, su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva.
  • Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.
  • Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos.
  • Titular de la información: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.
  • Transferencia de datos: La transferencia de datos tiene lugar cuando el responsable y/o encargado del tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es responsable del tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.
  • Transmisión de datos: tratamiento de datos personales que implica la comunicación de estos dentro o fuera del territorio de la república de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un tratamiento por el encargado por cuenta del responsable.
  • Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.

Artículo 4º. Principios: La Fundación en el desarrollo, interpretación y aplicación de la Ley 1581 de 2012 y el Decreto Reglamentario 1377 de 2013, por el cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales y las normas que la complementan, modifican o adicionan, se aplicarán de manera armónica e integral los siguientes principios rectores, en la recolección, manejo, uso, tratamiento, almacenamiento e intercambio de datos personales, definidos acorde con la ley:

a)  Principio de legalidad en materia de Tratamiento de datos: El tratamiento a que se refiere la presente ley es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás disposiciones que la desarrollen;

b)     Principio de finalidad: El tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular;

c)      Principio de libertad: El tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento;

d)    Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.

Se prohíbe el tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error;

e)  Principio de transparencia: En el tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Responsable del Tratamiento o del Encargado del tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan;

f)   Principio de acceso y circulación restringida: El tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constitución. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la presente ley; Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la presente ley;

g)     Principio de seguridad: La información sujeta a tratamiento por el responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento a que se refiere la presente ley, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;

h)   Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la presente ley y en los términos de esta.

CAPÍTULO II AUTORIZACIÓN

Artículo 5º. Autorización: La Fundación solo recolectará, almacenará, usará y circulará aquellos datos personales que sean pertinentes y adecuados para la finalidad señalada en la presente política, para lo cual contará con el consentimiento previo, libre, expreso e informado del titular, a través de cualquier medio: documento físico, electrónico, u otro formato, que permita garantizar su posterior consulta.

Artículo 6º. Prueba de la autorización: La Fundación, adoptará las medidas necesarias para consultar cuándo y cómo se obtuvo la autorización por parte de los titulares de datos personales para el tratamiento de los mismos. La autorización puede darse en documento físico, de forma oral, electrónica (mensaje de datos, internet, sitios web). Esta autorización deberá acreditarse cuando lo requiera el titular o la Superintendencia de Industria y Comercio.

De igual manera, la Fundación generará un aviso en el cual se comunica que los titulares pueden ejercer su derecho de tratamiento de datos personales a través del correo electrónico comunicaciones@fusoan.org.co

Artículo 7º. Casos en que no es necesaria la autorización: La autorización del titular de la información no será necesaria cuando se trate de:

  • Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial;
  • Datos de naturaleza pública;
  • Casos de urgencia médica o sanitaria;
  • Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos;
  • Datos relacionados con el registro civil de las personas.

CAPÍTULO III DATOS SENSIBLES

Artículo 8º. Datos sensibles: La ley prevé una categoría de datos denominada “datos sensibles” que deben ser objeto de tratamiento especial. Cuando el tratamiento de los datos sensibles sea posible conforme a lo establecido en la ley, se deberá informar al titular de forma explícita y previa cuales de los datos se consideran sensibles y la finalidad del tratamiento y obtener su consentimiento expreso (informándole que no está obligado a autorizar su tratamiento).

Los datos definidos como sensibles en la ley podrán ser solicitados por Fusoan en el momento en que se solicite alguno de los servicios que La Fundación ofrece, y son requeridos para reportarlos a las entidades de apoyo, facilitadores comités y/o junta directiva de la Fundación.

Artículo 9º. Tipos de datos sensibles:

A)   Los que afecten la intimidad del titular, o cuyo uso indebido puede generar su discriminación: estos datos solo pueden ser objeto de tratamiento, en los siguientes casos:

  • Cuando el titular haya dado su autorización expresa a dicho tratamiento.
  • Cuando el tratamiento se requiera para proteger la vida del titular y este se encuentre física o jurídicamente incapacitado. En estos eventos, los representantes legales deberán otorgar su autorización;
  • Cuando el tratamiento sea efectuado en el curso de las actividades legítimas y con las debidas garantías por parte de una fundación, ONG, asociación o cualquier otro organismo sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea política, filosófica, religiosa o sindical, siempre que se refieran exclusivamente a sus miembros o a las personas que mantengan contactos regulares por razón de su finalidad. En estos eventos, los datos no se podrán suministrar a terceros sin la autorización del titular;
  • Cuando el tratamiento se refiera a datos que sean necesarios para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial;
  • Cuando el tratamiento tenga una finalidad histórica, estadística o científica. En este evento deberán adoptarse las medidas conducentes a la supresión de identidad de los titulares.

B)  Los que se relacionen con niños, niñas y adolescentes.
No se les puede dar tratamiento, salvo que esté autorizado por su representante legal (padres, tutores, quien ejerza la patria potestad, según el caso); respetando en todo caso el interés superior del titular y sus derechos fundamentales.

CAPÍTULO IV TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN

Artículo 10º. Finalidades de la información recolectada por Fusoan: La información suministrada será utilizada única y exclusivamente por La Fundación para los siguientes fines:

  • Propiciar el seguimiento a los compromisos establecidos entre el titular de los datos personales y la Fundación.
  • Divulgar los servicios que ofrece Fusoan de forma directa, o a través de terceros.
  • Invitar a espacios de formación, capacitación, encuentros y diálogos colectivos con los públicos de interés y área de influencia de la Fundación.
  • Informar sobre el acontecer general de Fusoan, las disposiciones institucionales, las cooperativas que la conforman, noticias de interés sectorial, entre otros.
  • Soportar informes para los organismos internos y externos de control, vigilancia y demás, a los que Fusoan debe estar sometido.

Artículo 11º. Derechos del titular de los datos personales: El titular de los datos personales tendrá los siguientes derechos:

  • Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los responsables del tratamiento o encargados del tratamiento.
  • Solicitar prueba de la autorización a La Fundación implicada, como responsable del tratamiento, salvo en los casos expresamente exceptuados en la Ley.
  • Ser informado por Fusoan, previa solicitud, respecto del uso dado a los datos personales.
  • Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la ley 1581 de 2012 y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen.
  • Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales.
  • Acceder en forma gratuita a los datos personales que hayan sido objeto de tratamiento. La información solicitada por el titular podrá ser suministrada por cualquier medio, incluyendo los electrónicos, según lo requiera el titular.

Artículo 12º. Personas a quienes se les puede suministrar la información:

  • A los titulares o sus representantes legales.
  • A los causahabientes del Titular (en los casos que éste falte por muerte o incapacidad), quienes deberán acreditar tal calidad.
  • A los terceros autorizados por el titular (poder otorgado ante notario).
  • A las entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales.
  • Al orden judicial.

CAPITULO V PROCEDIMIENTO PARA CONSULTA, QUEJAS, RECLAMACIONES Y REVOCATORIAS DE AUTORIZACIONES

Artículo 13º. Acceso a la información: Fusoan garantiza el derecho  de acceso en tres vías:

  • El titular puede conocer la efectiva existencia del tratamiento a que son sometidos sus datos personales.
  • El titular puede tener acceso a sus datos personales que están en posesión del responsable.
  • Derecho a conocer las circunstancias esenciales del tratamiento, lo cual se traduce en el deber de la Fundación de informar al titular sobre el tipo de datos personales tratados, y todas y cada una de las finalidades que justifican el tratamiento.

Artículo 14º. Consulta de la información. Fusoan garantiza el derecho de consulta suministrando a los titulares toda la información contenida en el registro individual, o que esté vinculada con la identificación del titular.

Para la atención de solicitudes de consulta de datos personales la Fundación garantiza:

  • Habilitar el correo electrónico comunicaciones@fusoan.org.co
  • Utilizarlos servicios de atención al cliente o de reclamaciones que tiene en operación.

Artículo 15º. Tiempo para la atención de consultas: Las consultas serán atendidas en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado antes del vencimiento de los 10 días, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer plazo.

Artículo 16º. Reclamos: El titular de la información contenida en la base de datos puede solicitar a Fusoan la corrección, actualización o supresión, de sus datos, o cuando advierta el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la ley 1581 de 2012, podrán presentar un reclamo ante la Fundación.

En cualquier momento y de manera gratuita el titular o su representante podrán solicitar a través del correo electrónico la rectificación, actualización o supresión de sus datos personales, previa acreditación de su identidad.

Los derechos de rectificación, actualización o supresión únicamente se podrán ejercer por:

  • El titular, previa acreditación de su identidad, o a través de instrumentos electrónicos que le permitan identificarse.
  • Su representante, previa acreditación de la representación.

Cuando la solicitud sea formulada por persona distinta del titular, deberá acreditarse en debida forma la personería o mandato para actuar; y en caso de no acreditar tal calidad, la solicitud se tendrá por no presentada.

Así mismo la solicitud de rectificación, actualización o supresión debe ser presentada a través del correo electrónico comunicaciones@fusoan.org.co y/o o de manera personal, y debe contener la siguiente información:

  • El nombre y domicilio del titular o cualquier otro medio para recibir la respuesta.
  • Los documentos que acrediten la identidad o la personalidad de su representante.
  • La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los cuales el titular busca ejercer alguno de los derechos.
  • En caso dado otros elementos o documentos que faciliten la localización de los datos personales.

Fusoan tiene la obligación de rectificar y actualizar la información inexacta, incompleta o desactualizada a solicitud del titular, de conformidad con el procedimiento y los términos señalados. En las solicitudes de rectificación y actualización de datos personales el titular debe indicar las correcciones a realizar y aportar la documentación que avale su petición.

El Titular de la información tiene el derecho, en todo momento, a solicitar a Fusoan, la supresión (eliminación) de sus datos personales cuando:

  • Considere que los mismos no están siendo tratados conforme a los principios, deberes y obligaciones previstas en la normatividad vigente.
  • Hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual fueron recabados.
  • Se haya superado el periodo necesario para el cumplimiento de los fines para los que fueron recabados.

Esta supresión implica la eliminación total o parcial de la información personal de acuerdo con lo solicitado por el titular en los archivos, bases de datos o tratamientos realizados por Fusoan. Es importante tener en cuenta que el derecho de cancelación no es absoluto y el responsable puede negar el ejercicio del mismo cuando:

  • El Titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos.
  • La eliminación de datos obstaculice actuaciones judiciales o administrativas vinculadas a obligaciones fiscales, la investigación y persecución de delitos o la actualización de sanciones administrativas.
  • Los datos sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del Titular; para realizar una acción en función del interés público, o para cumplir con una obligación legalmente adquirida por el titular.

Artículo 17º. Término para la atención de reclamos: El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atenderlo dentro de dicho término se informará al interesado antes del vencimiento del referido plazo los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

Artículo 18º. Rectificación, actualización o supresión de datos: El titular de la información puede ejercer en cualquier momento estos derechos, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos para ello por la Fundación. Cuando la solicitud sea formulada por persona distinta del titular y no se acredite que la misma actúa en representación de aquél, se tendrá por no presentada.

Artículo 19º. Supresión de datos: No procede la solicitud de supresión de datos (parcial o total) de permanecer en la base de datos cuando se tenga con el titular un deber contractual o legal (como el surgido por la incardinación de los clérigos, o la designación de un oficio eclesiástico incluso para los religiosos y laicos); cuando se obstaculice actuaciones judiciales o administrativas vinculadas a obligaciones fiscales, la investigación y persecución de delitos o la actualización de sanciones administrativas, o cuando los datos sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del titular; para realizar una acción en función del interés público, o para cumplir con una obligación legalmente adquirida por el titular.

Artículo 20º. Revocatoria de la autorización: Los titulares de los datos personales pueden revocar total o parcialmente su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales en cualquier momento, siempre y cuando no lo impida una disposición legal. Por lo anterior, será necesario que el titular al momento elevar la solicitud de revocatoria indique en ésta, si la revocación que pretende realizar es total o parcial, indicando además el motivo por el cual no está conforme y requiere la revocatoria. Habrá casos en que el consentimiento, por su carácter necesario por la relación del titular con la Fundación, no podrá ser revocado.

Artículo 21º. Requisitos para atender consultas, quejas o reclamos. Para la atención de consultas, quejas o reclamos, se deberá atender el siguiente procedimiento:

  • El nombre del titular y cuenta de correo electrónico para comunicarle la respuesta a su solicitud.
  • Documento que acredite la identidad del titular o, en su defecto, el documento que lo acredita como representante legal del titular;
  • La descripción clara y precisa del motivo de consulta o inconformidad, y los datos o registros respecto de los que se busca ejercer alguno de los derechos antes mencionados, y
  • Cualquier otro elemento o documento que facilite la localización de los datos personales.
  • Para el caso de las solicitudes de rectificación de información, el titular deberá indicar las modificaciones a realizarse y aportar la documentación que sustente su petición.

CAPITULO VI DEBERES DEL RESPONSABLE Y ENCARGADO DEL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN

Artículo 22º. Deberes del responsable del tratamiento de los datos personales:

  • Garantizar al titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de Habeas data.
  • Solicitar y conservar, copia de la respectiva autorización otorgada por el titular.
  • Informar debidamente al titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada.
  • Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
  • Garantizar que la información que se suministre al encargado del tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.
  • Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al encargado del tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada.
  • Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al encargado del tratamiento.
  • Tramitar las consultas y reclamos formulados por el titular.
  • Informar por solicitud del titular sobre el uso dado a sus datos.
  • Cumplir los requerimientos e instrucciones que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio sobre el tema específico.
  • Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los titulares.
  • Identificar cuando determinada información se encuentre en discusión por parte del titular.
  • Hacer uso de los datos personales solo para los objetivos dispuestos.

Artículo 23º. Deberes de los encargados del tratamiento.

  • Garantizar al titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de Habeas data;
  • Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento
  • Realizar oportunamente la actualización, rectificación o supresión de los datos;
  • Actualizar la información reportada por los responsables del tratamiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de su recibo.
  • Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los titulares.
  • Adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de las normas sobre protección de datos, y en especial, para la atención de consultas y reclamos por parte de los titulares.
  • Registrar en la base de datos las leyendas “reclamo en trámite” en la forma en que se regula la ley.
  • Insertar en la base de datos la leyenda “información en discusión judicial” una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad del dato personal.
  • Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio.
  • Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella; Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los titulares.
  • Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.

Artículo 25º. Medidas de seguridad: Con el fin de prevenir la adulteración, perdida, consulta, uso, o acceso no autorizado o fraudulento, de los registros de datos personales en nuestra base de datos, se fomentará la difusión de información y las medidas de seguridad técnica, humana y administrativa, entre empleados y colaboradores. La Fundación, mantendrá protocolos de seguridad de obligatorio cumplimiento para el personal con acceso a los datos de carácter personal y a los sistemas de información.

Artículo 26º. Confidencialidad. Teniendo en cuenta que la información es confidencial, a cada una de las personas que intervengan en el tratamiento de los datos personales (recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión), se hará firmar en su contrato de trabajo, una cláusula de confidencialidad que garantice la reserva de dicha información.

Artículo 24º. Encargados del tratamiento de la información en la Fundación: La recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión de datos personales, y atención de consultas y reclamos estará a cargo de las personas designadas por el Representante Legal de Fusoan, según el caso.

Artículo 27º. Aviso de privacidad. La Fundación puede modificar, revisar o hacer cambios en sus políticas en cualquier momento.

Artículo 28º. Vigencia. La información contenida en la base de datos rige a partir de la fecha de su publicación y estará vigente mientras la Fundación no determine su cancelación.

La presente Política de Protección de Datos de la Fundación Solidaria Oriente Antioqueño –Fusoan-, rige a partir de la fecha de aprobación.

 

 

Rionegro, nueve (26) de marzo del año dos mil veinte (2020).

Verónica Alexandra Vahos Puerta Representante Legal
Directora Ejecutiva

//
Estamos en línea. ¡Pregúntanos lo que quieras!
👋 Hola, ¿en que puedo ayudarte?
Ir al contenido