La Revista Dinero ha publicado un artículo en el que presenta el contexto del Decreto 090 del 18 de enero de 2018, expedido por el Gobierno Nacional, en el cual reduce el universo de personas jurídicas obligadas a inscribirse en el Registro Nacional de Bases de Datos de la Superintendencia de Insdustria y Comercio (SIC). La toma de esta decisión se da debido a que tan solo el 25% de las empresas y el 1% de las personas naturales, con el deber de realizar su respectiva inscripción, han acatado el requerimiento.
Es así, como el nuevo decreto establece que: las personas naturales y las entidades y/o sociedades sin ánimo de lucro, catalogadas como micro y pequeñas empresas con Activos totales o inferiores a 100.000 UVT, es decir, $3.315.600.000, están excentas del RNBD – Registro Nacional de Bases de Datos ante la SIC. Sin embargo, quienes ya hayan efectuado esta inscripción no será necesaria su actualización. Adicional a esto, si bien no están obligadas a registrar sus bases de datos ante la Superintendencia de Industria y Comercio, siguen sujetas al cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 1581 de 2012 para la protección de datos personales, según este nuevo Decreto.
Por el contrario, las sociedades o entidades que sí están obligadas a cumplir con la RNBD ante la SIC, son aquellas con activos por más de 610.000 UVT, es decir $20.225,16 millones, además de las personas y entidades de carácter publico.
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